Lunes, 22 de Julio de 2024

     

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InicioNoticiasINFORMACIÓN IMPORTANTE REFERENTE AL MEDICAMENTO DICLOFENACO

 

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COMUNICACIONES:

El Instituto Departamental de Salud de Nariño, a raíz de la información que circula en redes sociales en las cuales se hace referencia sobre la ocurrencia en Colombia de eventos adversos asociados a aplicación del medicamentos diclofenaco, se permite informar a la comunidad en general, que:

De los casos registrados,  uno corresponde a un paciente del departamento de Nariño, evento respecto del cual se está realizando la investigación respectiva, sin embargo ante este hecho, el INVIMA en su comunicado N° 1 de fecha 2 de noviembre, informa que la fascitis necrotizante, que es una infección de origen bacteriano, al cual se le atribuye la causa de muerte del paciente, es un efecto adverso infrecuente asociado a la administración intramuscular de medicamentos como los antirreumáticos, agentes antiinflamatorios no esteroideos (AINES), corticoides, antihistamínicos, antibióticos, entre otros, los cuales pueden provocar un área de necrosis de piel, tejido subcutáneo y músculo. 

Igualmente en comunicado N° 2 de fecha 2 de noviembre el INVIMA,  indica que “Entre los casos reportados no hay lotes ni lugares de administración común, por lo que no es posible concluir hasta el momento, que los eventos adversos estén asociados al uso del principio activo DICLOFENACO o de ciertos lotes de un (os) producto(s) especifico(s).” 

Este evento adverso presentado es imprevisible y posiblemente se ha asociado a la técnica de aplicación de inyección.

Teniendo en cuenta lo anterior, el IDSN se permite realizar las siguientes recomendaciones:

√ NO SE AUTOMEDIQUE, ni se deje aconsejar informalmente en la administración de medicamentos; acuda al médico cuando lo requiera.

√ Los procedimientos de inyectología y glicemia por punción solo se deben realizar en droguerías y/o farmacias droguerías que cuenten con el área autorizada por el IDSN. Así mismo, solo se inyectarán los medicamentos si el paciente cuenta con la respectiva fórmula, firmada por un médico.

√ La prescripción solo podrá realizarse por personal de salud debidamente autorizado de acuerdo con su competencia; la fórmula médica debe ser en letra clara y legible, y debe contener las indicaciones necesarias para su administración, incluyendo todos los datos requeridos en la normatividad vigente.

√ Está prohibido que droguistas recomienden a los usuarios la utilización de medicamentos e induzcan al paciente o consumidor a la compra de un medicamento que reemplace o sustituya al prescrito o solicitado.

√ Para la administración de medicamentos intramusculares se deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

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Se recuerda que en las Droguerías y farmacias droguerías que cuentan con autorización para inyectología, solo se podrán realizar administración de medicamentos vía intramuscular, pues en dichos establecimientos está prohibida la administración por vía intravenosa.

De acuerdo a lo manifestado es conveniente confirmar la información que se publica en redes sociales, ya que a través de estos medios se difunde datos que no corresponden a la realidad o se ofrecen para comercializar productos farmacéuticos que no cuentan con los requisitos sanitarios exigidos, los cuales generan riesgo para los pacientes.

Cualquier ciudadano que tenga la sospecha de algún evento relacionado con medicamentos, por favor informarlo al Instituto Departamental de Salud de Nariño, teléfonos 7235428-7236928-7223031, extensiones: 170-114-119 o dirigirse a la oficina de control de medicamentos primer piso.

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