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InicioNoticiasIDSN declaró Alerta Verde en el sector salud ante celebración de la Semana Santa.

 

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San Juan de Pasto, Marzo 30 de 2015 (COMUNICACIONES)

La ALERTA VERDE del sector Salud en Nariño declarada por el IDSN desde el sábado 28 de marzo, se mantendrá hasta las 00:00 horas del próximo lunes 6 de Abril ante la celebración de la Semana Santa, a efectos de garantizar condiciones de seguridad en la prestación de los servicios de salud, siendo necesario intensificar medidas preventivas con relación al consumo de alimentos y bebidas, así como a la alta circulación, concurrencia y concentración masiva de personas durante las jornadas de peregrinación.

 

En ese sentido, las Direcciones Locales de Salud y las Instituciones de la Red de Prestación de Servicios de Salud, deben FORMULAR Y/O ACTIVAR según corresponda y de manera oportuna el PLAN DE CONTINGENCIA, garantizando el alistamiento del personal y el abastecimiento de los elementos, insumos y medicamentos necesarios para la atención de urgencias y emergencias, o cualquier evento que pueda presentarse; además de la instalación de puntos de atención alternos en caso de requerirse (rutas de peregrinaje).

Los municipios a través de las Secretarias de Salud y/o Direcciones Locales de Salud y el IDSN, intensificarán las medidas de inspección, vigilancia y control en establecimientos gastronómicos, así como en el expendio, transporte de pescado, productos derivados de la pesca y bebidas, adelantando operativos de control, procesos de capacitación en manejo higiénico y protección de alimentos para prevenir enfermedades transmitidas por alimentos-ETAS.

En esta oportunidad la Directora encargada del IDSN Teresa Moreno Cháves indicó que es fundamental que la ciudadanía compre y consuma pescado en lugares que cumplan con las condiciones higiénicas sanitarias y locativas, que se verifique el adecuado estado de los alimentos enlatados (libres de golpes, abolladuras, óxido y abombamiento) y que se tenga en cuenta las siguientes características frente a la calidad del pescado antes de comprar y consumirlo:

Aspecto limpio, brillante y de color uniforme.
Escamas luminosas y pegadas a la carne del pescado.
Branquias húmedas, brillantes, de color rosa o rojo sanguíneo, despegadas al cuerpo. del pescado y sin sustancias pegajosas.
Carne firme y elástica al tacto, adherido con facilidad a las espinas.
Filetes de aspecto húmedo y de consistencia sólida, sin vetas pardas.
Piel brillante, con color y sedosa al tacto.
Olor agradable y fuertemente marino

Manipulación, comercialización y transporte de alimentos

El expendio de alimentos deberá realizarse en condiciones que garanticen la conservación y protección de los mismos, los estantes y utensilios utilizados deberán ser de fácil limpieza y desinfección. Se prohíbe el expendio de pescado y de productos de la pesca en sitios que no cumplan con las condiciones higiénicas sanitarias y locativas. Los manipuladores de alimentos deben presentar en los expendios, establecimientos gastronómicos y a la hora de transportarlos, el certificado de capacitación en manejo higiénico y protección de alimentos, certificado médico y prácticas higiénicas, y medidas de protección reglamentarios.

Todo pescado destinado a la venta como fresco, deberá ser previamente eviscerado completa e higiénicamente, cualquiera sea su talla. Se prohíbe el eviscerado y escame de los productos de la pesca en embarcaciones de pesca artesanal, mercados públicos y vehículos de transporte

Los transportadores de pescado y productos de la pesca podrán transportar pescado fresco, eviscerado, en condiciones que garanticen la conservación de las características sanitarias, organolépticas y nutricionales.

Los transportadores y pequeños comercializadores de pescado y productos de la pesca que transportan hasta 300 kilos deberán presentar Certificado de Inspección Física- CIF, expedido por el personal profesional y/o técnico en saneamiento de los municipios.

Los transportadores y comercializadores de pescado y productos de la pesca que transportan desde 50 kilos deberán presentar resolución de autorización para dicha actividad, expedido por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca – AUNAP.

El transporte de alimentos de alto riesgo epidemiológico debe realizarse en vehículos furgón y termoking, en cumplimiento de los requisitos sanitarios.

No se admitirá el transporte de alimentos empacados en costales, estopas, hojas, papel de periódico, cajas de madera o canastos.

Se prohíbe el eviscerado y escame de los productos de la pesca en embarcaciones de pesca artesanal, mercados públicos y vehículos de transporte

Vigilancia y reporte oportuno de eventos

Las IPS públicas y privadas deberán notificar de manera inmediata y realizar intervenciones oportunas de acuerdo al protocolo de vigilancia del evento presentado.

Durante la temporada de Semana Santa, el IDSN a través del CRUE estará atento ante cualquier situación o evento de emergencia y recepcionará la información a través Radio-telelefono o al Telefax. 7235036, 7232258, celular 3185720135, a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. , Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. , los cuales están activos las 24 horas.

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