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InicioNoticiasHasta el 30 de agosto se mantendrá la Alerta Verde en Red Hospitalaria Pública y Privada del Departamento, para reducir el riesgo a brotes de sarampión y rubeola en desarrollo del mundial de fútbol 2014

 

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San Juan de Pasto, Junio 13 de 2014 (COMUNICACIONES)

Aunque Colombia esté certificado como país libre del virus autóctono de sarampión-rubeola y síndrome de rubeola congénita, el Instituto Departamental de Salud de Nariño mantendrá hasta el 30 de agosto de este año, la Alerta Verde en la Red Hospitalaria Pública y Privada del Departamento, para reducir el riesgo a brotes por casos que pueden ser importados del Brasil (donde se han presentado brotes no controlados este año), sede del mundial de fútbol 2014.

 

En ese sentido, las Instituciones de la Red de Prestación de Servicios de Salud, deben formular y/o activar sus PLANES DE CONTINGENCIA, los cuales incluyen el alistamiento del personal y abastecimiento de los elementos, insumos y medicamentos necesarios que permitan garantizar la atención de urgencias y emergencias, o cualquier evento que se presente.

Los planes de contingencia pueden ser formulados en conjunto entre la DLS y ESE, estableciendo claramente el accionar de cada institución, teniendo en cuenta que la ESE, debe establecer condiciones especiales en su IPS para atender pacientes y por su parte, a la DLS le corresponde el accionar claro frente a la vigilancia epidemiológica, la cual se debe fortalecer con relación a los virus mencionados.

De igual forma, los municipios deben aplicar las directrices de la circular 023 del 24 de abril de 2014 del Ministerio de Salud y Protección Social, considerando las acciones del Programa Ampliado de Inmunizaciones, Vigilancia Epidemiológica y Sanidad Portuaria durante la salida y retorno de viajeros.

En caso de presentarse un brote (un solo caso confirmado se constituye en un brote), deben tener en cuenta la preparación para la investigación epidemiológica de campo, los pasos para la investigación y los criterios para establecer la interrupción de la circulación de estos virus después de un brote.

Las ESE.s, deben establecer en su área de trabajo las áreas de aislamiento que manejarán tanto para pacientes en consulta externa, como los de urgencias y posibles hospitalizados; los pacientes ambulatorios serán manejados con tratamiento y control a nivel domiciliario desde la IPS-ESE, a través de grupos establecidos para tal fin por el prestador, que pueden ser los grupos extramurales bajo las medidas de bioseguridad, protección y mitigación correspondientes.

Para mayor información puede revisarse lo contenido en la Circular Externa No 160 del 10 de Junio de 2014, emitida por el IDSN y publicada a través del portal Web institucional www.idsn.gov.co

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