PARA : Entidades que trata el Artículo 2 de la Resolución 129 del 08 de Febrero de 2021 1. Prestadores de Servicios de Salud (Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud profesionales independientes, Prestadores con objeto social diferente y transporte especial de pacientes), 2. Prestadores de los Regímenes Especiales y de Excepción, 3. Secretarías Departamentales, Distritales y Municipales de Salud o quien haga sus veces, 4. Laboratorios de Salud Pública Departamentales, Municipales, Distritales y de las Universidades, 5. Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, 6. Instituto Nacional de Salud
DE : Dirección Instiuto Departamental de Salud de Nariño
ASUNTO: Se habilirta nuevamente la plataforma de intercambio de información PISIS del Sistema Integrado de Información de la Protección Social - SISPRO
FECHA : 26 de marzo de 2021